Para registrar un matrimonio con un ciudadano extranjero, será necesario comunicarse con las autoridades competentes del país de destino o con un bufete de abogados especializado en inmigración para comprender claramente el proceso y los documentos requeridos. Esto se debe a que cada localidad mantiene sus propios requisitos específicos. A continuación, se detallan los procedimientos fundamentales necesarios para registrar un matrimonio que involucra un elemento extranjero.

Cuando un ciudadano del país receptor contrae matrimonio con un ciudadano extranjero, el registro de matrimonio debe tramitarse en el Departamento de Justicia del Distrito o en la Oficina del Registro Civil Local del país de destino.
Los ciudadanos locales que se casen con un extranjero deben registrar su matrimonio en el Departamento de Justicia del Distrito o en la Oficina del Registro Civil Local. Por lo general, el tiempo de procesamiento desde el momento en que se presenta el expediente hasta el día de la firma del acta de matrimonio es de aproximadamente 15 días. Sin embargo, dependiendo de las circunstancias específicas de cada caso, el Registro Civil puede programar la firma un poco antes o después del plazo estándar de 15 días.
Los ciudadanos estadounidenses o Residentes Permanentes Legales de los EE. UU. (titulares de green card) deben obtener un expediente certificado de Carta de Soltería (Single Status Kit) para presentarlo con su solicitud de registro de matrimonio. Algunas oficinas de registro local en el país de destino aceptan una Declaración Jurada de Soltería de un ciudadano estadounidense, pero esta debe estar acompañada de una Certificación de Verificación de Estado Civil emitida por el Consulado del país de destino ubicado en los Estados Unidos.
En los casos en que el ciudadano estadounidense o residente permanente haya emigrado del país de destino después de haber cumplido los 18 años (edad legal para contraer matrimonio), deberá presentar, además de la Carta de Soltería, un Certificado de Verificación de Estado Civil emitido por la autoridad local de su antigua residencia. Este documento debe certificar que la persona permaneció soltera desde que alcanzó la edad legal para casarse hasta la fecha en que abandonó el país de destino.
Si el ciudadano estadounidense o residente permanente no puede obtener este Certificado de Verificación de Estado Civil histórico para el período anterior a su mudanza a los EE. UU., el Registro Civil Local iniciará un proceso de verificación independiente. Este período de investigación puede extenderse desde 15 días hasta 3 meses, según el caso individual.
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Límites de Edad: Los varones deben tener 20 años de edad o más; las mujeres deben tener 18 años de edad o más.
Consentimiento Voluntario: El matrimonio debe ser decidido de manera completamente voluntaria por ambas partes. Ninguna de las partes puede coaccionar, obligar o engañar a la otra. Ninguna persona externa puede forzar u obstaculizar la unión.
Debe preparar un expediente completo con todos los documentos solicitados y presentarlos directamente en el Departamento de Justicia del Distrito o la Oficina del Registro Civil Local donde el ciudadano residente del país de destino tenga su domicilio legal. La oficina de registro recibirá el expediente y emitirá un comprobante con la fecha de la cita para la firma formal del acta. Específicamente, los documentos requeridos incluyen:
El formulario oficial de Declaración de Registro de Matrimonio, completado según el formato estándar provisto por el Registro Civil Local.
La Carta de Soltería (Single Status Kit) de la pareja que reside en EE. UU. (o una Declaración Jurada de Soltería junto con el Certificado de Estado Civil emitido por el Consulado del país de destino en los EE. UU., en caso de que la oficina local acepte declaraciones juradas).
Notas oficiales de Registro de Divorcio o Reconocimiento de Sentencias de Divorcio Extranjeras (si corresponde).
El Certificado de Defunción certificado del cónyuge anterior (si corresponde).
Certificados de Examen Psiquiátrico válidos para ambas personas.
El Pasaporte original vigente de la pareja que reside en los EE. UU.
Una Visa de Entrada o Exención de Visa válida para el país de destino.
El Documento Nacional de Identidad y los documentos de Registro de Residencia (Libro de Hogar) del ciudadano local.
Un Certificado de Estado Civil actualizado emitido para el ciudadano local.
2 fotografías a color tamaño pasaporte (4×6 cm) con fondo blanco para cada persona.

Preparar meticulosamente todos los documentos requeridos asegurará que su proceso de registro de matrimonio se desarrolle sin problemas y evite retrasos administrativos.
Además de la documentación estándar mencionada anteriormente, los solicitantes deben presentar ciertos documentos específicos según sus circunstancias personales:
Personal en Sectores Sensibles: Para los ciudadanos locales que sirven en las fuerzas armadas o trabajan en puestos directamente relacionados con la seguridad nacional o secretos de Estado, se debe presentar una autorización formal emitida por una autoridad de gestión estatal a nivel central o provincial. Este documento debe certificar que contraer matrimonio con un ciudadano extranjero no compromete los secretos de Estado y no viola las regulaciones de su sector.
Divorcios Extranjeros de Ciudadanos Locales: Si un ciudadano del país de destino obtuvo una sentencia de divorcio de un tribunal extranjero o autoridad competente en el exterior, debe presentar una copia certificada que demuestre que dicho divorcio ha sido inscrito oficialmente en el libro de estado civil local, de acuerdo con las leyes de familia del país.
Estatus de Doble Ciudadanía: Los ciudadanos locales que posean simultáneamente una ciudadanía extranjera también deben presentar un documento certificado que acredite su estado civil, emitido por la autoridad competente de ese país extranjero.
Ciudadanos Extranjeros Divorciados de Ciudadanos Locales: Si un ciudadano extranjero estuvo casado anteriormente y se divorció de un ciudadano del país de destino mediante una autoridad extranjera, debe presentar un certificado que demuestre que el divorcio extranjero ha sido procesado y registrado formalmente en los registros civiles locales.
Ciudadanos Extranjeros No Residentes: Los ciudadanos extranjeros que no tengan residencia temporal o permanente en el país de destino deben presentar un documento que certifique su capacidad legal para contraer matrimonio según las leyes de su país de ciudadanía o residencia, además de sus registros estándar de estado civil. Se hace una excepción si las leyes de su país de origen no prevén la emisión de dicho documento.
Se debe agregar al expediente un Certificado Oficial de Consejería Matrimonial y Familiar emitido por un Centro de Apoyo al Matrimonio Internacional autorizado si la solicitud entra en cualquiera de los siguientes escenarios específicos:
Existe una diferencia de edad de 20 años o más entre ambas partes.
El ciudadano extranjero está ingresando a su tercer matrimonio, o se ha casado y divorciado previamente de un ciudadano del país de destino.
Ambas partes demuestran una falta significativa de conocimiento mutuo sobre sus antecedentes personales y familiares, enfrentan una barrera lingüística severa o carecen de comprensión sobre las costumbres, tradiciones, cultura y leyes de matrimonio de cada país.
Los ciudadanos estadounidenses o Residentes Permanentes de los EE. UU. que viajen al país de destino para casarse con un ciudadano local deben completar el proceso de registro formal en el Departamento de Justicia del Distrito o la Oficina del Registro Civil Local donde la pareja local esté oficialmente registrada para la residencia permanente.
El plazo estándar de procesamiento y revisión para un expediente de matrimonio oscila entre 15 y 30 días (variando ligeramente según la oficina regional) contados a partir de la fecha en que se acepta un dossier completamente válido y conforme.
Después de la conclusión de la entrevista, el Registro Civil Local publicará un Aviso de Intención de Matrimonio en su oficina por un período continuo de 7 días. Simultáneamente, enviará un documento de notificación oficial al municipio local donde reside la pareja del país de destino.
Si se reporta alguna queja, objeción o violación de las leyes de matrimonio durante este período de publicación de 7 días, el municipio local emitirá inmediatamente un informe formal por escrito al Departamento de Justicia del Distrito.
Si la solicitud contiene elementos que requieren verificaciones de antecedentes extensas o una investigación especializada por parte de las autoridades de seguridad o de investigación, el Departamento de Justicia del Distrito enviará oficialmente el expediente a la agencia de investigación. Dentro de los 20 días posteriores a la recepción de la solicitud, la agencia de investigación debe realizar la verificación necesaria y proporcionar una respuesta formal por escrito al Registro Civil Local.
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